Paz (filosofía del Derecho)

Concepto genérico y específico

Por estar implicada, por lo común, en una relación de contrarios, el concepto genérico de paz implica la pluralidad, o al menos la dualidad, de extremos. Tales extremos pueden ser cualesquiera cosas (reales o ideales, materiales o espirituales, existentes o posibles, sustanciales o accidentales). Más específicamente, la paz alude a una categoría moral, es decir, referida al hombre.

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