Legado

Sujeto que una suprema potestad eclesiástica o civil envía a otra para tratar un negocio. 2. Der. Sucesión en bienes o derechos concretos por persona cierta y sin obligación de responder de las deudas del causante; el receptor del legado es sucesor a título particular. El legado ha de recaer siempre en una persona determinada y sobre cosa cierta; incluso cabe dividir la herencia, respetando los eventuales legitimarios, en legados sin institución de heredero. El objeto del legado puede revestir diferentes modalidades: legado de especie (o de cosa cierta), de género, alternativo (el favorecido puede elegir entre varios bienes o derechos), de pensión (periódica, de educación o de alimentos), de crédito (cesión de un crédito), de perdón o liberación (condonación de una deuda contraída ante el causante). También puede fijarse un legado al heredero, denominándose esta figura prelegado. El legado puede ser sometido a condición, a tiempo o a modo. 3. Hist. En la antigua...

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