El Código de Derecho Canónico -legislación oficial de la Iglesia Católica- denomina herejes a aquellos bautizados que niegan pertinazmente verdades que la iglesia enseña como reveladas por Dios. Define como cismático al cristiano que rehúsa la sumisión a la jerarquía eclesiástica y, directa o indirectamente, al papa. Califica por último como apóstata al que reniega totalmente de su fe.
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