La Constitución establece que el Congreso contará con un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, debiendo la ley electoral concretar este número. La normativa vigente (Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985) ha fijado en 350 el número de miembros de la Cámara. Todos los Diputados son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. La circunscripción electoral es la provincia. La ley electoral asigna dos escaños a cada una de ellas y distribuye los demás en proporción a la población respectiva. Ceuta y Melilla eligen un representante cada una. A su vez, dentro de cada circunscripción la elección se verifica por un sistema proporcional, de tal forma que cada lista obtiene un número de escaños en función de los votos recibidos.
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