Acto de comercio

Derecho

El acto de comercio es, en sentido amplio, todo acontecimiento, natural o humano, y, en sentido estricto, todo negocio jurídico, unilateral o bilateral, o acto licito, el cual, por reunir alguno de los caracteres individualizados por la doctrina (intermediación, ánimo de lucro, pertenencia a la empresa), está sometido al Derecho mercantil, produciendo efectos específicos, en cuanto a su perfección, prueba, interpretación, presunción de solidaridad, etc.

Este sitio web utiliza cookies, propias y de terceros con la finalidad de obtener información estadística en base a los datos de navegación. Si continúa navegando, se entiende que acepta su uso y en caso de no aceptar su instalación deberá visitar el apartado de información, donde le explicamos la forma de eliminarlas o rechazarlas.
Aceptar | Más información